Reporte normativo para profesionales en comercio exterior.
- Roldán Logistics
- 11 abr
- 4 Min. de lectura
Compartimos reporte normativo para el comercio exterior recopilado por el equipo jurídico de Roldán Trade Legal & Compliance, que tiene como propósito mantener actualizados a nuestros clientes en los temas legales que influyen en nuestras soluciones totales en #logística.
¿Qué novedades se han presentando en la normatividad colombiana para el comercio exterior?
TEMAS
1. El Ministerio de Comercio, Industria y turismo publicó proyecto de permanencia de la Resolución relacionada con el reglamento técnico para Pilas Zinc – Carbón y Alcalina.
2. El Ministerio de Minas y Energía publicó proyecto para la modificación al Reglamento Técnico de Etiquetado – RETIQ.
3. SGCA mediante resolución fijó los precios de referencia del sistema andino de franjas de precios para la segunda quincena de abril.
4. La DIAN mediante resolución unificó la normatividad que regula la creación, funciones y funcionamiento del Comité de Selectividad Aduanera.
5. La DIAN mediante resolución adicionó especificaciones técnicas y plazos para la presentación de información exógena cambiaria.
6. La DIAN especificó el plazo para que una mercancía en el lugar de arribo, bajo la responsabilidad del puerto, se considere abandonada legalmente según lo establecido en el artículo 169 del Decreto 1165 de 2019.
1. El Ministerio de Comercio, Industria y turismo publicó proyecto de permanencia de la Resolución relacionada con el reglamento técnico para Pilas Zinc – Carbón y Alcalina.
El Misterio de Comercio, Industria y Comercio publicó un Proyecto de Resolución el cual pretende mantener la Resolución 0721 del 16 de abril del 2018 la cual expidió el Reglamento Técnico para Pilas Zinc-Carbón y Alcalinas que se importen o fabriquen nacionalmente para su comercialización en Colombia. La decisión se tomó en cumplimiento del artículo 3 del Decreto 1468 de 2020, el cual establece que el reglamento técnico definido en la Resolución 0721 de 2018 debe ser sometido a una evaluación ex post por parte de la entidad reguladora, en un plazo máximo de cinco años desde la entrada en vigencia de la resolución. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo dispuso del correo electrónico nrivera@mincit.gov.co con el fin de recibir los comentarios pertinentes sobre el proyecto de Resolución desde el 8 de abril al 22 de abril del 2025.
2. El Ministerio de Minas y Energía publicó proyecto para la modificación al Reglamento Técnico de Etiquetado – RETIQ.
El Misterio de Minas y Energía publicó un Proyecto de Resolución el cual busca modificar el Reglamento Técnico de Etiquetado – RETIQ. Este será aplicable a los productos de uso final de la energía eléctrica y gas combustible que se comercialicen o usen en el territorio colombiano, así como a los fabricantes, importadores, proveedores o expendedores de dichos productos. El Misterio de Minas y Energía dispuso del correo electrónico pcciudadania@minenergía.gov.co con el fin de recibir los comentarios pertinentes sobre el proyecto de Resolución hasta el 19 de abril del 2025.
3. SGCA mediante resolución fijó los precios de referencia del sistema andino de franjas de precios de la segunda quincena de abril.
La Secretaría General de la Comunidad Andina mediante Resolución N°2488 del 4 de abril de 2025, fijó los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la segunda quincena de abril de 2025, de productos como: Carne de cerdo, Trozos de pollo, Leche entera, Trigo, Cebada, Maíz amarillo, Maíz blanco, Arroz blanco, Soya en grano, Aceite crudo de soya, Aceite crudo de palma, Azúcar crudo, Azúcar blanco.
4. La DIAN mediante Resolución unificó la normatividad que regula la creación, funciones y funcionamiento del Comité de Selectividad Aduanera.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante Resolución 201 del 26 de marzo del 2025 creó el Comité de Selectividad Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, encargado de evaluar, orientar, planear y adoptar las políticas de selectividad para el control y administración de las operaciones aduaneras. Igualmente, se encuentra encargada de definir lineamientos y protocolos, aprobar procedimientos y requisitos, seleccionar hipótesis de riesgos y determinar acciones a seguir.
5. La DIAN mediante Resolución adicionó especificaciones técnicas y plazos para la presentación de información exógena cambiaria.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante Resolución 204 del 3 de abril del 2025 adicionó una segunda parte a la Resolución 000180 del 26 de septiembre de 2024, en donde se estableció especificaciones técnicas y plazos para la presentación de información exógena cambiaria por intermediarios del mercado cambiario, titulares de cuentas de compensación y concesionarios de servicios de correos. Igualmente, detalló los formatos .XML para reportar operaciones de cambio, correcciones y anulaciones, así como fijó sanciones por su incumplimiento.
6. La DIAN especificó el plazo para que una mercancía en el lugar de arribo, bajo la responsabilidad del puerto, se considere abandonada legalmente según lo establecido en el artículo 169 del Decreto 1165 de 2019.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales indicó cual es el término para que opere el abandono legal de una mercancía que se encuentra en el lugar de arribo, bajo la responsabilidad del puerto, una vez vencido el plazo para su entrega dispuesto en el artículo 169 del Decreto 1165 de 2019. Mencionó que, se debe tener en cuenta que el artículo 171 dispone un término perentorio para que se realice el proceso de importación de la mercancía hasta por un mes contado desde la llegada al territorio aduanero nacional.
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