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Contenido de normativa para el comercio exterior en Colombia

Foto del escritor: Roldán Logistics
Roldán Logistics
hace 2 horas
6 min de lectura

Compartimos importante contenido de normativa recopilado por el equipo jurídico de  Roldán Trade Legal & Compliance, que tiene como propósito mantener actualizados a nuestros clientes en los temas legales que influyen en nuestras soluciones totales en #logística.

 

Cuatro profesionales revisan documentos en una oficina con vista al puerto; ambiente serio y colaborativo.

En esta edición presentamos las principales novedades legales que impactan directamente las operaciones logísticas, aduaneras, cambiarias y de comercio exterior en el país. Conoce los recientes pronunciamientos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) respecto a los beneficios para Operadores Económicos Autorizados (OEA), la aplicación del impuesto a plásticos de un solo uso (IPUSUI) y precisiones en materia cambiaria para importadores, así como los nuevos precios de referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios. Asimismo, te compartimos las medidas zoosanitarias y restricciones vigentes ratificadas por la Secretaría General de la Comunidad Andina frente a riesgos sanitarios en importaciones, información clave para anticipar cambios, optimizar procesos y asegurar el estricto cumplimiento normativo en tus operaciones.



TEMAS DE CONTENIDO DE NORMATIVA


1. La DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) aclaro que, cuál es el beneficio para los OEA en el numeral 2.3 del Artículo 23 del Decreto 1165 del 2019.


2. La DIAN publicó los precios de referencia del sistema andino de franja de precios para la primera quincena de septiembre. 


3. La DIAN explicó sobre el IPUSUI en las modalidades de tráfico postal y envíos urgentes, el criterio de “corto tiempo de vida útil”, la importación de materias primas destinadas a la fabricación de productos plásticos de un solo uso para propósitos médicos e importación de vasos de cartón.


4. La DIAN en operativo aprehendió mercancía de procedencia extranjera que no cumplía con los requisitos para su ingreso y legal permanencia en territorio colombiano.        


5. La DIAN explicó sí, es infracción cambiaria el pago en divisas que realiza un importador residente a favor de otro residente que adquirió del proveedor extranjero un instrumento de pago derivado de una importación de bienes.


6.SGCA (Secretaría General de la Comunidad Andina) prorrogó la Resolución 2562 la cual suspendía temporalmente la emisión de documentos zoosanitarios de importación para aves vivas, material, genéticos, productos y subproductos de riesgos susceptibles de transmitir la enfermedad de Newcastle.


7. SGCA autorizó la prórroga de la Resolución 2557 la cual suspendía temporalmente la emisión de documentos zoosanitarios de importación para   para productos y subproductos de origen porcino procedentes de la República Federal de Alemania ante la presencia del virus de la Peste Porcina Africana.




1. La DIAN aclaro que, cuál es el beneficio para los OEA en el numeral 2.3 del Artículo 23 del Decreto 1165 del 2019.

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante concepto 8040 26 de mayo del 2026 aclaró entre otros temas que, el Operador Económico Autorizado tipo importador se encuentra exceptuado de presentar declaraciones anticipadas por lo que no podrá ser sancionado de conformidad con lo establecido en el numeral 2.3 del artículo 29 del Decreto 920 del 2023.

 

 

2.  La DIAN publicó los precios de referencia del sistema andino de franja de precios para la primera quincena de septiembre. 

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante Circular No 6115 del 31 de Agosto del 2026 comunicó la fijación de Precios de Referencia del Sistema Andino de Franja de Precios de productos como Carne de cerdo, Trozos de pollo, Leche entera, Trigo, Cebada, Maíz amarillo, Maíz blanco, Arroz blanco, Soya en grano, Aceite crudo de soya, Aceite crudo de palma, Azúcar crudo, Azúcar blanco, los cuales aplicaran para las importaciones que arriben a puerto de la Comunidad Andina entre el primero de septiembre al quince del mismo mes.

 

 


 

3. La DIAN explicó sobre el IPUSUI en las modalidades de tráfico postal y envíos urgentes, el criterio de “corto tiempo de vida útil”, la importación de materias primas destinadas a la fabricación de productos plásticos de un solo uso para propósitos médicos e importación de vasos de cartón.

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante concepto 7388 del 23 de mayo del 2026 preciso que, el criterio de "corto tiempo de vida útil" previsto en el literal d) del artículo 50 de la Ley 2277 de 2022 no alude a un plazo fijo determinado en días, meses o años, sino que corresponde al tiempo promedio durante el cual el producto ejerce la función para el cual fue concebido. Adicionalmente que, En la importación de mercancías bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, cuando se configure el Impuesto Nacional sobre Productos Plásticos de un Solo Uso en la Importación (IPUSUI), corresponde al intermediario cumplir los deberes formales de liquidación, declaración, pago y reporte del impuesto, en los términos previstos en la Resolución DIAN 000005 de 2026. En lo referente a la importación de materias primas destinadas a la fabricación de productos plásticos de un solo uso para propósitos médicos no se encuentra sujeta al IPUSUI, en la medida en que no configura el hecho generador del impuesto. Finalmente, expresó que, Las tapas plásticas de un solo uso que se importan junto con vasos de cartón pueden quedar comprendidas dentro del hecho generador del IPUSUI, siempre que, en cada caso, se verifique que constituyen por sí mismas productos plásticos de un solo uso, en los términos del literal d) del artículo 50 de la Ley 2277 de 2022

 

 


4. La DIAN en operativo aprehendió mercancía de procedencia extranjera que no cumplía con los requisitos para su ingreso y legal permanencia en territorio colombiano.   

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante comunicado de prensa #117 dio a conocer que, se aprendió mercancía que pretendía ingresar al territorio colombiano los cuales no cumplían con los requisitos necesarios, evaluada comercialmente en más de $5.000 millones de pesos. Los operativos desarrollados en el norte, centro y occidente del país dieron como resultado en incautación de cigarrillos, confecciones, perfumería, alimentos y calzado.

 

 


 

5.  La DIAN explicó sí, es infracción cambiaria el pago en divisas que realiza un importador residente a favor de otro residente que adquirió del proveedor extranjero un instrumento de pago derivado de una importación de bienes.

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante concepto 7878 del 20 de mayo del 2026 indicó que, no constituye infracción cambiaria el pago en divisas que realiza un importador residente a favor de otro residente que adquirió del proveedor extranjero un instrumento de pago derivado de una importación de bienes, siempre que la operación se ejecute conforme a lo dispuesto en los artículos 42, 60 y 83 de la Resolución Externa 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República y en el numeral 3.1.4 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 de 2023.

 

 


 

6.    SGCA prorrogó la Resolución 2562 la cual suspende temporalmente la emisión de documentos zoosanitarios de importación para aves vivas, material, genéticos, productos y subproductos de riesgos susceptibles de transmitir la enfermedad de Newcastle.

 

La Secretaría General de la Comunicada Andina mediante Resolución 2626 del 24 de agosto del 2026 resolvió que, se prorrogará la Resolución 0578 adoptada por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) autorizada mediante la Resolución N 2562 de la Secretaría General de la Comunidad Andina debido a la situación de emergencia sanitaria fue notificada por el ICA a la Secretaría General, tras un brote de la enfermedad Newcastle paramixovirus tipo 1 (APMV-1) en pollos de engorde ubicados en la comarca de la Vall d’Albaida (provincia de Valencia) el 23 de diciembre de 2025, identificado por medio de la técnica de reacción en cadena de la polimerasa en tiempo real.

 

 

 

7.    SGCA autorizó la prórroga de la Resolución 2557 la cual suspendía temporalmente la emisión de documentos zoosanitarios de importación para   para productos y subproductos de origen porcino procedentes de la República Federal de Alemania ante la presencia del virus de la Peste Porcina Africana.

 

La Secretaría General de la Comunicada Andina mediante Resolución 2622 del 19 de agosto del 2026 resolvió que, se prorrogará la Resolución 34883 adoptada por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) autorizada mediante la Resolución N 2557 de la Secretaría General de la Comunidad Andina debido a la la persistencia y expansión del evento epidemiológico, de acuerdo con el reporte oficial del Evento No. 6553 registrado en el Sistema Mundial del Información Sanitaria (WAHIS) de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), relacionado con el brote de Peste Porcina Africana (Genotipo II) en jabalíes silvestres en la República Federal de Alemania el cual se mantiene activo.

 



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