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Asuntos normativos comercio exterior en Colombia

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    Roldán Logistics
  • hace 4 horas
  • 5 Min. de lectura

Asuntos normativos importante para el comercio exterior en Colombia recopilado por el equipo jurídico de Roldán Trade Legal & Compliance, que tiene como propósito mantener actualizados a nuestros clientes en los temas legales que influyen en nuestras soluciones totales en #logística.



¿Cuáles son las actualizaciones en regulaciones para el comercio exterior en Colombia?

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Roldán Logistics ofrece soluciones para importar y exportar productos en Colombia.

TEMAS REVISTA NORMATIVA


1. Las medidas tributarias emitidas por el decreto 175 del 2025 estarán vigentes hasta el 31 de diciembre del 2025.

 

2. El ICA: Instituto Colombiano Agropecuario mediante resolución modificó el numeral 26.2 del artículo 26 de la resolución 15141 del 2024.

 

3. Colombia y Ecuador implementan nuevo formulario de certificado de origen para los usuarios de comercio exterior.

 

 

4. El MINCIT publicó proyecto de adición a la resolución relacionada con el régimen de zonas francas.

 

5.La DIAN | Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución fijó las tarifas del sistema andino de franjas de precios agroindustriales para la primera quincena de mayo.

 

 

6. Colombia logró la aceptación por parte Curazao para la exportación de ovoproductos.

 


7. El Mintransporte prorrogó el termino para la entrada en vigor de las resoluciones relacionadas con llantas neumáticas nuevas para motocicletas y sistemas de frenado.




1. Las medidas tributarias emitidas por el decreto 175 del 2025 estarán vigentes hasta el 31 de diciembre del 2025.


A pesar de que el decreto 467 del 2025 levantó el Estado de conmoción interior como consecuencia de la situación presentada en el Catatumbo, esto no aplicó para el Decreto 175 del 2025 ya que como menciona en su articulo 10, las medidas allí dispuestas comenzarán a regir al quinto día hábil siguiente a su publicación hasta el 31 de diciembre del 2025. Al mismo tiempo, el literal I del artículo 38 de la Ley Estatutaria establece que, durante los Estado de conmoción interior el gobierno nacional puede imponer contribuciones fiscales para una sola vigencia fiscal, por tal motivo las medidas tributarias del decreto 175 continuarán durante el 2025.

 





2. El ICA: Instituto Colombiano Agropecuario mediante resolución modificó el numeral 26.2 del artículo 26 de la resolución 15141 del 2024.


El Instituto Colombiano Agropecuario mediante Resolución No 00004244 del 23 de abril del 2025 modificó el numeral 26.2 del artículo 26 de la Resolución 15141 del 23 de octubre de 2024 estableciendo que, los productores, exportadores, importadores de semillas para siembra de cultivares obtenidos por mejoramiento genético, así como las Unidades de Evaluación Agronómica y/o Unidades de Investigación en Fitomejoramiento, que cuenten con registro vigente, tendrán plazo hasta el 30 de octubre del 2025 para registrar la información y adjuntar la documentación requerida en el sistema “SimplifICA”.

 





3. Colombia y Ecuador implementan nuevo formulario de certificado de origen para los usuarios de comercio exterior.

 


A partir del 29 de abril del 2025, Colombia y Ecuador implementaron un nuevo formulario de certificado de origen (código 295) para facilitar el comercio intracomunitario, conforme a la Resolución 2455 de 2024 de la Secretaría General de la Comunidad Andina de Naciones. Es importante resaltar que, los certificados de origen emitidos antes del 29 de abril de 2025 seguirán siendo válidos, y los emitidos posterior a esta fecha, los productores y exportadores deberán elaborar las declaraciones para las mercancías destinadas a Ecuador con el nuevo formulario.

 





4. El MINCIT - Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó proyecto de adición a la resolución relacionada con el régimen de zonas francas.

 

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó proyecto de Resolución en donde busca adicionar un parágrafo al artículo 70 de la Resolución 2147 del 2016. Con el proyecto se pretende garantizar la vigencia y continuidad de las Zonas Francas ubicadas en inmuebles de propiedad del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ampliando la participación de las entidades públicas, incluyendo a las empresas comerciales del Estado o sociedades de economía mixta, para que puedan ser autorizados como usuarios operadores. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo dispuso del correo mlopezs@mincit.gov.co con el fin de recibir los comentarios pertinentes sobre el proyecto de Resolución hasta el 14 de mayo del 2025.

 




5.La DIAN | Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución fijó las tarifas del sistema andino de franjas de precios agroindustriales para la primera quincena de mayo.


La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante circular 12757000005693 del 29 de abril del 2025, fijó las tarifas del sistema andino de franjas de precios agroindustriales correspondientes a la primera quincena de mayo de 2025, de productos como: Carne de cerdo, trozos de pollo, leche entera, trigo, cebada, maíz amarillo, maíz blanco, soya en grano, aceite crudo de soya, aceite crudo de palma, azúcar crudo, azúcar blanco, arroz blanco.

 




6. Colombia logró la aceptación por parte Curazao para la exportación de ovoproductos.


El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) y la Federación Nacional de Avicultores obtuvieron la aceptación del modelo de certificado sanitario por parte del Ministerio de Salud, Medio Ambiente y Naturaleza de Curazao para la exportación de ovoproductos. Por parte de las entidades se propuso garantizar controles de proceso, producto terminado y acciones de inspección, vigilancia y control los cuales satisficieron las necesidades de las autoridades de Curazao.

 




7. El Mintransporte prorrogó el termino para la entrada en vigor de las resoluciones relacionadas con llantas neumáticas nuevas para motocicletas y sistemas de frenado.



El Ministerio de Transporte prorrogó mediante Resolución 20253040015935 del 2025 del 30 de abril del 2025 la entrada en vigencia de las resoluciones 20223040044455  de 2022 relacionada con llantas neumáticas nuevas, rencauchadas y de repuesto hasta el 30 de septiembre del 2025, la Resolución 20223040044585 de 2022 correspondiente a los sistema de frenado y componentes para uso de vehículos automotores hasta el 16 de septiembre del 2025 y la Resolución 20223040065305 de 2022 aplicable a llantas neumáticas destinadas a motocicletas hasta el 2 de septiembre del 2025. Lo anterior atendiendo las solicitudes realizadas por la ciudadanía, al Ministerio de Comercio y Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de establecer si ese sector estaría debidamente preparado para la implementación de las regulaciones.

 




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